Sobre las nuevas normas

En mi opinión en el 2010 se puede producir un cambio significativo en el judo de competición, originado por las nuevas normativas de la federación mundial. Ahora una vez escrita la norma hay que aplicarla, en la mayoría de los casos, es más difícil la aplicación práctica que la concepción teórica.

Me gustaría hacer algunas consideraciones al respecto; creo que hay que diferenciar entre el objetivo que se persigue conseguir (línea estratégica de la FIJ), y los medios que se van a utilizar para obtenerlo,(recursos tácticos a utilizar por la FIJ).

El objetivo, a mi entender, es diferenciar al judo de otros deportes de lucha, el medio a emplear son las normas arbítrales.

Metodológicamente este análisis necesitaría de una premisa anterior,en base de qué decidimos “el objetivo” de situar al judo en un ámbito diferenciado de la lucha.

Desde mi punto de vista, la contestación proviene de un análisis previo a los objetivos estratégicos marcados y a los medios tácticos a emplear para conseguirlos.

Los principios, fundamentos y valores del judo son los que deben sustanciar las normas que tomamos en consideración. El judo tiene que tener un espacio propio, diferente de otras luchas, esto constituye un principio y un valor propio del judo, suficientemente importante que justificaría el objetivo y la búsqueda de los medios para conseguirlo.

Situándonos en la dinámica anterior, es decir, seguir el camino de convergencia del judo con otras luchas, correríamos dos riesgos no excluyentes: un primer riesgo de desaparecer diluidos en una evolución que al final convergería con otras luchas en un espacio común y posiblemente único, y un segundo riesgo, que apareciera un cisma del judo oficial, donde pudiéramos ver movimientos tradicionales de judo que estaban extinguidos en la competición actual.

Los valores que fundamentan la reforma normativa actual, los asumo como propios, el objetivo lo comparto plenamente, respecto a las normas,me parecen correctas, habrá que darles un tiempo de ajuste y si no consiguen el objetivo de mantener para el judo un espacio propio respecto a otras luchas, tendrán que variar.

En caso de coincidir en este análisis, estamos obligados a tener un planteamiento pedagógico para transmitir a los judokas la asimilación de esta nueva normativa. En mi opinión contemplaría los silogismos anteriores, en síntesis:

Los judokas tenemos un arte marcial con fundamentos y técnicas propias (valores, principios), en este momento debemos obtenersu recuperación competitiva (objetivo), por lo que nos dotamos de unos medios que lo posibiliten (normas arbítrales).

No considero que debamos prejuzgar sí la deriva del judo hacia la lucha es buena ó mala, sino que para la lucha está la lucha, y cada especialidad tiene un espacio diferente.

Actualmente, estábamos en un punto en el que para un entrenador era poco rentable insistir en movimientos donde tuvieras que girar 180 grados, dar la espalda, mantener un solo apoyo de pie el suelo (uchi mata, harai etc), eran más rentables movimientos directos sin giro, aplicando un par de fuerzas que partiera de un agarre de mano a pierna y sobre todo iniciados en una postura sin agarre previo.

La riqueza del judo frente a la lucha parte del “agarre”, que propicia la acción reacción, el desequilibrio, dar juego a la pierna….., esto básicamente tiene un punto nodal de partida: el agarre en el judogui.

Las nuevas normas van a cambiar esta situación, posiblemente son en principio un poco drásticas y dejan algunas técnicas de judo fuera de la competición, de todas formas es mejor contemplar qué ganamos y si el coste merece la pena. Es posible que tengan algunas lagunas normativas, que una vez descubiertas deberán cerrarse mediante la implementación de las actuales normas propuesta.

Decía que la acción del movimiento de judo se basa en el agarre, otras luchas son parcas en el agarre, necesitan contacto y a partir de ahí realizan una evolución, no disponen del judogui, prenda que permite una proliferación de posibilidades en el agarre y por tanto la acción/ reacción en la que se basa la lógica de las acciones de judo.

La nueva normativa va a facilitar las oportunidades de aplicar un trabajo de movimientos básicos de judo que habían desaparecido en la alta competición.

Existe a mi entender la dificultad “normativa” todavía de aplicar “el agarre”, en este momento muchos judokas basan su estrategia competitiva en: “no dejar agarrar”, que el combate se desarrolle sin agarres, simular intentos de agarres con “golpes” directos al pecho, hombro etc., en golpear al brazo que trata de agarrar el adversario, propiciando situaciones en donde puedes ver a judokas “sacando manos” como en una pelea de gallos, sin intención de técnica, solo con el objetivo de sanción por pasividad del contrario (aunque realmente evites la acción) o provocar un error que propicie un ataque directo. Este sistema de trabajo,aplicándolo metodológicamente a un deportista, es relativamente “fácil y muy rentable”, aunque vaya en dirección opuesta del espíritu del judo. Esta pelea de manos, más cercana a otras luchas como el boxeo, no hay que confundirla con la lucha de agarres; con romper un agarre establecido, transformar la situación, romper / coger/ romper, esto constituye un planteamiento absolutamente genuino del espíritu del judo, si su objetivo finalista es proyectar. Nada que ver la lucha por el agarre con golpear con un brazo a otro, pegar directamente al pecho del adversario simulando la intención de agarrar, esto es otra situación distinta que va en la dirección contraria de lo objetivos y sobretodo al espíritu que esta planteando la federación internacional con la normativa propuesta.

Por ello, para defender los valores y principios deportivos del judo, nuestro objetivo debe tender a lo que parece obvio:

“Que en la competición de judo primen las técnicas y principios del judo”,

Por tanto tendremos que plantear las normas (herramienta de cumplimiento de los objetivos) en la misma dirección.

Las nuevas normas arbítrales tienen como objetivo, en primera instancia evitar la primacía de otras luchas y en segunda instancia evitar la desaparición de las técnicas originarias de judo. Por ello también esperamos normas o/y aplicación de las actuales que eviten la presencia de técnicas pugilísticas que tan bien recogidas están en el boxeo.

Para terminar me voy a permitir una licencia jocosa que se me viene a la cabeza cuando recuerdo la aplicación de las nuevas normas en el Mundial Júnior de Paris.

El campeonato lo resumiría utilizado esa frase histórica que se decía cuando moría un rey y lo sustituía otro:

El Kata guruma ha muerto…. Viva el Uchi mata”.

Salvador Gómez Blanch